DEDUCCIÓN POR MATERNIDAD

Tras esta campaña de la renta nos hemos dado cuenta de que muchas persona desconocen que tienen derecho a la deducción del IRPF por maternidad y por tanto a su cobro anticipado.

 

A esta deducción se tiene derecho por tener hijos menores de 3 años y su importe es de hasta 1.200 € anuales por cada hijo nacido o adoptado en territorio español.

Esta deducción podrá ser solicitada por las mujeres con hijos menores de 3 años, que realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la que estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad.

 

Recordad que podéis obtener el importe de 100 Euros mensualmente.

 

Cualquier duda relacionada con este tema podéis consultárnosla en nuestra ASESORIA EN SALAMANCA sita en Calle Concejo, 18 1ºB o a través de nuestra web WWW.ASESORESSALAMANCA.COM

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CALENDARIO FISCAL 2016

ASESORIA EN SALAMANCA

Hola de nuevo!!!

Como este mes toca «pasar por caja»… es decir toca presentar autoliquidaciones de impuestos trimestrales para la mayoría… Nos ha parecido interesante publicar información con los plazos de presentación de las principales obligaciones fiscales.

Los principales modelos y plazos generales de presentación de autoliquidaciones con domiciliación bancaria de pago son:

  • Modelos 100, 151 y 714: hasta 25 de junio.
  • Modelo 102: hasta 30 de junio.
  • Modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128 y 216 (obligación trimestral): 1 a 15 de abril, julio, octubre y enero.
  • Modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216, 230 y 430 (obligación mensual): 1 a 15 de cada mes, excepto el mes de julio del modelo 430, hasta el 15 de septiembre.
  • Modelos 130, 131 y 303: 1 a 15 de abril, julio y octubre y 1 a 25 de enero.
  • Modelo 136: 1 a 15 de abril, julio, octubre y enero.
  • Modelos 200, 206 y 220: 1 a 20 de julio (períodos impositivos que coincidan con el año natural).
  • Modelos 202 y 222: 1 a 15 de abril, octubre y diciembre.
  • Modelo 210: 1 a 15 de abril, julio, octubre y enero (excepto ganancias derivadas de transmisiones de inmuebles). Para rentas imputadas de inmuebles urbanos de 1 de enero a 23 de diciembre.
  • Modelo 213: 1 a 25 de enero.
  • Modelos 303 y 353 (obligación mensual): 1 a 15 de cada mes y enero hasta el 25.
  • Modelos 410 y 411: 1 a 26 de julio.
  • Modelo 560: 1 a 15 del mes siguiente al que finaliza el trimestre (obligación trimestral) o el mes (obligación mensual). 1 a 15 de abril del año siguiente (obligación anual).
  • Modelos 561, 562 y 563: 1 a 15 del segundo mes siguiente al que finaliza el trimestre (obligación  trimestral) y 1 a 15 del tercer mes siguiente al que finaliza el mes (obligación mensual).
  • Modelos 564, 566 y 581: 1 a 15 del mes siguiente al que finaliza el mes.
  • Modelo 583: 1 a 15 de mayo, septiembre, noviembre y febrero del año siguiente (pagos fraccionados) y 1 a 25 de noviembre (autoliquidación anual).
  • Modelo 587: 1 a 15 de mayo, septiembre y enero del año siguiente (autoliquidaciones cuatrimestrales).
  • Modelo 588: 1 a 25 de noviembre.
  • Modelos 595 y 582: 1 a 15 del mes siguiente al que finaliza el trimestre.

Si necesitáis ampliar información al respecto podéis consultarnos en nuestra ASESORIA EN SALAMANCA sita en Calle Concejo, 18 1ºB o en WWW.ASESORESSALAMANCA.COM