Buenas noticias para los autonómos, sobre todo para los que están pensando en dar el salto…
Estas medidas son insuficientes, un parche, como todas las anteriores, pero menos da una piedra… 😉
A partir de ahora los autonomos que no hayan estado de alta en dos años pueden pagar 50€ de cuota mensual durante 12 meses, con reducciones hasta el mes 24.
Tambien se establecen criterios para deducir los gastos de suministros de la vivienda cuando este afecto en algun porcentaje a la actividad, los gastos de manutencion del propio autonomo, equiparándose el trato al de las dietas de cualquier trabajador por cuenta ajena. En este ultimo caso, nos parece una vergüenza que se obligue al autonomo a pagar por medios de pago electrónicos y al trabajador cuenta ajena no. Realmente impresentable, como siempre nos ponen de defraudadores antes de comprobarlo. Primero el disparo, después la pregunta.
Seguimos esperando nuevas bonificaciones y reducciones, como poco, en las cotizaciones de los trabajadores cuenta ajena… Parece que algunos creen que la crisis ya ha acabado y que estamos en la Champions League de nuevo..
Este es prácticamente el resumen de esta ley, a la que con toda seguridad le seguirá otra con medidas que nos aproximen al funcionamiento de este régimen en otros países europeos. O eso es lo que deseamos, por el bien de todos.
DESCARGAD AQUI EL TEXTO INTEGRO DE LA LEY:
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